Cuándo un Trust genera Impuesto sobre Donaciones en la comunidad autónoma de Madrid
Explicación completa sobre cuándo un Trust puede generar Impuesto sobre Donaciones en la comunidad autónoma de Madrid, cómo se interpretan los trasvases de patrimonio en vida en estructuras fiduciarias bajo la normativa española, diferencias entre donación e herencia en Trusts y estrategias para evitar cargas fiscales inesperadas para beneficiarios vinculados a Madrid.
Abogado Fiscal Internacional – Madrid
12/6/20255 min leer


Por qué España grava los Trusts de forma distinta — y qué implica para los residentes en Madrid
En los países de derecho anglosajón, los Trusts funcionan como vehículos patrimoniales habituales. Sin embargo, España no reconoce la figura del Trust como persona jurídica independiente. Por ese motivo, cuando un Trust involucra beneficiarios, bienes o contribuyentes vinculados a la comunidad autónoma de Madrid, la Administración tributaria analiza la estructura para determinar si existe una transmisión gratuita y, por tanto, sujeta al Impuesto sobre Donaciones.
A diferencia de los países donde el Trust no tributa hasta la distribución final, en España determinados actos dentro de la vida del Trust pueden considerarse transmisiones inter vivos gravadas. Esto implica que un beneficiario residente en Madrid puede ser considerado receptor de una “donación” incluso antes de recibir dinero físicamente.
Entender cómo interpreta España los Trusts es esencial para familias con vínculos en Madrid, ya que una planificación incorrecta puede generar obligaciones fiscales imprevistas, con sanciones significativas si no se declaran correctamente.
Situaciones típicas en las que un Trust devenga Impuesto sobre Donaciones en Madrid
El Impuesto sobre Donaciones en la comunidad autónoma de Madrid no se limita al momento en que el beneficiario recibe efectivo. Lo que se analiza es si se le ha otorgado una ventaja económica sin contraprestación. Entre los casos más frecuentes que generan tributación en Madrid se encuentran:
Cuando el aportante transfiere bienes a un Trust irrevocable y el beneficiario en Madrid adquiere un derecho económico directo
Cuando se modifica el Trust para que un beneficiario en Madrid pase a ser titular de derechos preferentes
Cuando se sustituye al beneficiario anterior y el nuevo beneficiario es residente en Madrid
Cuando los fiduciarios acuerdan distribuciones discrecionales en favor de una persona vinculada a Madrid
En estas situaciones, la Dirección General de Tributos y las autoridades autonómicas pueden considerar que existe una donación en vida, incluso si el Trust está domiciliado fuera de España o si el beneficiario aún no ha recibido ningún ingreso.
Cuándo un Trust genera Impuesto sobre Sucesiones en lugar de Donaciones
El tratamiento fiscal en Madrid depende del momento del traspaso. Si el beneficiario adquiere derechos mientras el aportante está con vida, la norma general es que se aplica el Impuesto sobre Donaciones en la comunidad de Madrid. En cambio, si los derechos se consolidan tras el fallecimiento del aportante, se aplica el Impuesto sobre Sucesiones.
Esta diferencia puede cambiar totalmente la carga fiscal, ya que en algunas comunidades como Madrid existen bonificaciones muy altas en sucesiones para descendientes, mientras que las reducciones en donaciones pueden ser menores. Para una familia con patrimonio internacional y herederos en Madrid, elegir el momento correcto para la transmisión del Trust puede suponer un ahorro fiscal sustancial.
Por eso, estructuras fiduciarias diseñadas para anticipar herencias en vida en otros países pueden ser fiscalmente desfavorables para beneficiarios radicados en Madrid si no se planifican conforme a la normativa española.
¿Un Trust extranjero siempre tributa en Madrid?
No necesariamente. El hecho de que exista un Trust en el extranjero no implica automáticamente tributación en España. El Impuesto sobre Donaciones en Madrid puede generarse únicamente si se da al menos una de las siguientes circunstancias:
El beneficiario es residente fiscal en la comunidad autónoma de Madrid
El beneficiario no es residente, pero recibe bienes situados en Madrid
El Trust posee bienes o derechos localizados en Madrid (propiedades, acciones, dinero, etc.)
Si no existe ninguna conexión con Madrid, puede que el Trust esté fuera del ámbito impositivo español. Sin embargo, cuando sí existe vínculo, la falta de declaración o la declaración incorrecta puede derivar en sanciones y en liquidaciones estimadas por parte de la Hacienda autonómica.
Documentación necesaria para acreditar si existe o no tributación en Madrid
España exige transparencia para determinar si un Trust devenga Impuesto sobre Donaciones. Para un análisis correcto, especialmente cuando hay beneficiarios en Madrid, se suele requerir:
Escritura íntegra del Trust y todas sus modificaciones
Identificación completa de aportantes, fiduciarios y beneficiarios
Acreditación de revocabilidad o irrevocabilidad
Valoración de los bienes y derechos aportados y distribuidos
Registros del momento exacto en que el beneficiario adquiere derechos económicos
Cuando la documentación no se aporta, la Administración en Madrid tiende a interpretar el escenario de forma más gravosa, presumiendo una donación inmediata y obligando al contribuyente a impugnar después.
Cómo reducir o evitar legalmente el Impuesto sobre Donaciones en Madrid en estructuras con Trust
El uso de un Trust no implica necesariamente un coste fiscal elevado. Existen estrategias totalmente legales para minimizar o evitar el Impuesto sobre Donaciones en la comunidad autónoma de Madrid, como:
Sincronizar las distribuciones del Trust con los beneficios fiscales autonómicos de Madrid
Planificar para que parte o toda la distribución se produzca tras el fallecimiento del aportante si es fiscalmente ventajoso en Madrid
Asignar beneficiarios siguiendo las categorías de parentesco más favorables en Madrid
Evitar la configuración de derechos económicos inmediatos si no es necesario
Utilizar activos con valoraciones fiscales ventajosas en Madrid
Incluso pequeños matices en la redacción del Trust —como su revocabilidad o la naturaleza de los derechos del beneficiario— pueden tener un impacto decisivo sobre la carga fiscal en Madrid.
Riesgo de infracciones si no se declara correctamente un Trust vinculado a Madrid
Si una persona vinculada a Madrid recibe derechos o beneficios económicos de un Trust y no los declara, la Administración puede considerarlo ocultación voluntaria. En patrimonios elevados, la omisión puede incluso derivar en responsabilidad penal.
Además del pago del impuesto, la Administración de Madrid puede imponer intereses de demora, sanciones, bloqueos de cuentas bancarias y embargos de bienes. Declarar correctamente no solo evita sanciones, sino que protege la legalidad de futuras distribuciones del Trust.
Gestión segura de Trusts para familias con conexiones en Madrid
Los Trusts son herramientas legítimas de planificación patrimonial internacional. La complejidad surge únicamente cuando las estructuras fiduciarias interactúan con las normas del Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones en España, especialmente en comunidades como Madrid.
Una planificación adecuada permite mantener el Trust, cumplir escrupulosamente con la normativa de Madrid y reducir la carga fiscal al mínimo legal para los beneficiarios.
Si formas parte de un Trust y necesitas saber si una aportación, cambio de beneficiario o distribución puede generar Impuesto sobre Donaciones en Madrid —o si deseas reestructurar el Trust para cumplir correctamente con las normas fiscales españolas— puedes contactarnos por WhatsApp:
https://api.whatsapp.com/send/?phone=34644121802
o desde la pestaña de contacto. Analizamos la estructura fiduciaria, aplicamos la normativa de la comunidad autónoma de Madrid y diseñamos una estrategia que proteja al aportante, a los fiduciarios y a los beneficiarios mientras se aprovechan todas las ventajas legales disponibles.
